viernes, 13 de octubre de 2017

¿“Desdramatizar” la aplicación del artículo 155?

En un esclarecedor artículo publicado en 1983 sobre las relaciones entre las comunidades autónomas y el poder estatal, el profesor García de Enterría recomendaba “desdramatizar” la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Enterría veía en ese artículo un instrumento “normal y ordinario” de la supervisión estatal, como lo es, por ejemplo, la “alta inspección” en materia de educación, una competencia exclusiva del Estado. El artículo 155, por lo tanto, y según sostenía, no era un “remedio excepcional reducido a las situaciones de ruptura o de grave crisis política”. Es por eso que consideraba que la “desdramatización” del artículo 155 estaba “en su propio contexto”, toda vez que si el Estado es el responsable de la supervisión, también lo es de los mecanismos correctores. Y diversas sentencias del TC han dejado claro que la verificación de los actos de las CCAA es una competencia plenamente constitucional del poder estatal.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Que se aplique ya y desdramaticemoslo.¿Por que bobada le da de nuevo Rajoy de plazo al fanático enloquecido de Puigdemont hasta el jueves?Los catalanes independentistas se burlan de los españoles por las torpezas del Gobierno.Todavía no ha dimitido Millo el Delegado del Gobierno en Cataluña por ir a TV3 perdón so bobo,porque la Policía Nacional y la Guardia Civil hicieron un trabajo ejemplar,el 1 de octubre.